¿Quieres traer a tus seres queridos a vivir contigo a Estados Unidos?

El sistema migratorio de Estados Unidos contempla la posibilidad de que los ciudadanos y residentes permanentes soliciten la Residencia Permanente para sus familiares directos. Este beneficio se organiza en dos grandes categorías que determinan los tiempos de espera y la prioridad del trámite.

Familiares inmediatos: proceso más ágil

La categoría de Familiares Inmediatos no está sujeta a listas de espera, lo que permite que el proceso sea más rápido y directo. En este grupo se incluyen:

  • Cónyuges de ciudadanos estadounidenses.

  • Hijos solteros menores de 21 años.

  • Padres de ciudadanos estadounidenses (si el solicitante tiene 21 años o más).

Preferencias familiares: cupos limitados y espera prolongada

La categoría de Preferencias Familiares sí está sujeta a cupos anuales, lo que significa que el tiempo de espera puede variar según el país de origen y la relación familiar. Este grupo incluye a:

  • Hijos solteros mayores de 21 años.

  • Hijos casados de ciudadanos estadounidenses.

  • Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses.

El vínculo familiar determina los tiempos

El tipo de relación que se tiene con el familiar solicitante es un factor decisivo en la duración del trámite. Mientras que los casos de familiares inmediatos suelen resolverse en menor tiempo, las peticiones bajo preferencias familiares pueden tardar varios años.

Importancia de la asesoría legal

Dada la complejidad de los procedimientos y la diferencia de tiempos según la categoría, es fundamental contar con asesoría legal especializada desde el inicio para garantizar un proceso adecuado y evitar retrasos innecesarios.

En Montano-Miranda P.A. Immigration Law Office te orientamos paso a paso y te acompañamos durante toda la petición familiar.

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